
La pinchada moruna de la peña El Botijo aplazada del 25 de julio para el 1 de agosto en la Plaza Mayor queda finalmente suspendida debido a la prohibición de barbacoas y uso del fuego considerada por el Ayuntamiento tras los incendios que estos días están afectando a la Comunidad de Madrid, Ávila y Toledo.
El bando emitido por el Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares el pasado 27 de julio contempla:
1- Suspensión de autorizaciones
Desde esta administración se dejan sin efecto todas las autorizaciones de parrillas o barbacoas que han sido concedidas o prorrogadas por la Concejalía de Medio Ambiente en todo el término municipal hasta nuevo aviso.
2- Prohibición de barbacoas y del uso del fuego
Durante el periodo de vigencia del presente Bando queda prohibido:Encender fuego en terrenos forestales o en sus proximidades.
Utilizar barbacoas, parrillas, fogones, quemadores, hornillos u otros dispositivos destinados a la preparación de alimentos mediante llama, brasas o combustión.
Arrojar cerillas, colillas, cenizas, brasas o cualquier material susceptible de provocar un incendio.
Abandonar residuos, vidrios u otros objetos que puedan favorecer la ignición o la propagación del fuego.
La prohibición se aplicará tanto a barbacoas fijas como portátiles, aunque se encuentren instaladas en parcelas privadas, zonas comunes, merenderos, áreas recreativas o espacios de uso comunitario, cuando su utilización pueda afectar a la seguridad frente al riesgo de incendio.
Durante dicho periodo no se autorizará la realización de barbacoas.
3- Prohibición o limitación del uso de maquinaria
Durante el periodo de vigencia del Bando queda prohibido, en todo el término municipal, utilizar maquinaria o herramientas que puedan generar calor, chispas, deflagraciones o partículas incandescentes, especialmente: radiales; amoladoras; soldadores; sopletes; desbrozadoras; motosierras; segadoras; trituradoras; herramientas de corte; equipos de soldadura; maquinaria agrícola o forestal susceptible de producir chispas.
La prohibición se extenderá a cualquier otra máquina o herramienta que, por su funcionamiento, combustible, temperatura o sistema de escape, pueda originar un incendio.
4- Excepciones:
Quedan exceptuadas las actuaciones urgentes de prevención, vigilancia, extinción o reparación de servicios esenciales.
Las actividades autorizadas expresamente por la administración competente.
Los trabajos imprescindibles de mantenimiento o seguridad, siempre que se adopten las medidas preventivas exigibles.



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